Desde el 1 de julio de 2026, cada hora que un trabajador labora un domingo o un festivo se paga con un recargo del 90 % sobre su hora ordinaria. Lo fijó la reforma laboral (Ley 2466 de 2025), que lo sube por etapas: 80 % desde julio de 2025, 90 % desde julio de 2026 y 100 % desde julio de 2027. Con el salario mínimo de 2026, una hora de domingo de día cuesta $15.842 y una de domingo de noche, $18.760.
Cuánto es el recargo y desde cuándo
El artículo 14 de la Ley 2466 de 2025 cambió el artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo: el trabajo en día de descanso obligatorio se paga con un recargo del 100 % sobre el salario ordinario, en proporción a las horas trabajadas. Ese 100 % llega de forma gradual:
| Desde | Recargo dominical y festivo |
|---|---|
| Antes de la reforma | 75 % |
| 1 de julio de 2025 | 80 % |
| 1 de julio de 2026 | 90 % |
| 1 de julio de 2027 | 100 % |
Es un mínimo legal: el empleador puede aplicar el 100 % desde ya. Lo mismo vale para los festivos, porque la ley los trata igual que el domingo.
La ley ahora habla de «día de descanso obligatorio» y no solo de domingo: empleador y trabajador pueden pactar por escrito otro día de descanso. Si no lo pactan, se presume que es el domingo.
Una excepción: en las empresas que operan con turnos sucesivos de máximo 6 horas diarias y 36 semanales, esos turnos no generan recargo nocturno ni dominical; el trabajador recibe el salario de la jornada ordinaria y un día de descanso remunerado (literal d del artículo 11 de la Ley 2466).
Los otros cambios que mueven la cuenta
- La noche empieza a las 7:00 p. m.: el trabajo nocturno va de las 7:00 p. m. a las 6:00 a. m. (artículo 10 de la Ley 2466, vigente desde diciembre de 2025). Antes empezaba a las 9:00 p. m.
- El recargo nocturno sigue en 35 % (artículo 168 del Código Sustantivo del Trabajo).
- La jornada máxima bajó a 42 horas semanales desde el 15 de julio de 2026 (Ley 2101 de 2021), sin reducir el salario. Con menos horas en el mes, cada hora vale más, y con ella sube cada recargo.
Cómo se calcula el valor de la hora
Todos los recargos se calculan sobre la hora ordinaria. Con la jornada de 42 horas repartidas en 6 días se trabajan 7 horas diarias, y el mes laboral se cuenta de 30 días:
Valor de la hora = Salario mensual ÷ 210
Con el salario mínimo de 2026 ($1.750.905): $1.750.905 ÷ 210 = $8.338 por hora. Si en tu empresa la jornada pactada es menor que la máxima legal, el divisor cambia: confírmalo con tu contador.
Cuánto se paga cada hora en 2026
Una hora trabajada en domingo se paga completa (100 %) más el recargo. De noche, al dominical se le suma el nocturno: el Ministerio de la Protección Social explicó que los dos recargos se acumulan. Con el salario mínimo y el recargo vigente desde julio de 2026:
| Tipo de hora | Cómo se paga | Valor con salario mínimo |
|---|---|---|
| Ordinaria entre semana, de día | 100 % | $8.338 |
| Ordinaria entre semana, de noche | 100 % + 35 % | $11.256 |
| Domingo o festivo, de día | 100 % + 90 % | $15.842 |
| Domingo o festivo, de noche | 100 % + 90 % + 35 % | $18.760 |
| Hora extra de día | 100 % + 25 % | $10.422 |
| Hora extra de noche | 100 % + 75 % | $14.591 |
El recargo de la hora extra nocturna (75 %) ya incluye el nocturno: no se le suma el 35 %. Así lo dice el numeral 4 del artículo 168: esos recargos no se acumulan entre sí. Si un trabajador hace horas extra un domingo, pídele a tu contador que revise la liquidación.
Ver qué debe tener el registro de horas extraEjemplo: un turno de domingo de 1:00 p. m. a 8:00 p. m.

Una mesera de un restaurante gana el salario mínimo y trabaja un domingo de 1:00 p. m. a 8:00 p. m.: 7 horas, de las cuales 6 son de día y 1 de noche (de 7:00 a 8:00 p. m.).
| Horas | Valor por hora | Total |
|---|---|---|
| 6 horas de domingo de día | $15.842 | $95.049 |
| 1 hora de domingo de noche | $18.760 | $18.760 |
| Total del domingo | $113.809 |
Con el recargo del 80 % que regía hasta junio, ese mismo turno valía $107.972: son $5.836 más por cada domingo. En julio de 2027, con el 100 %, valdrá $119.645 si el salario sigue igual.
¿Cuánto le cuesta el cambio a tu negocio?
Un restaurante con 5 empleados de salario mínimo que trabajan 2 domingos al mes, 7 horas de día cada uno, paga $1.108.907 al mes por esas horas. El salto del 80 % al 90 % le suma $58.364 al mes, solo en recargos.
A eso se agrega la seguridad social y las prestaciones: el trabajo en domingo y festivo es salario (artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo), así que también entra en la base de aportes, primas y cesantías. Cuando calcules tu punto de equilibrio, incluye la nómina con sus recargos.
Ver cómo calcular el punto de equilibrioDomingo ocasional o habitual
La ley distingue cuántas veces al mes se trabaja en el día de descanso:
| Tipo | Cuándo | Qué le corresponde al trabajador |
|---|---|---|
| Ocasional | Hasta 2 veces en el mes calendario | El recargo, o un día de descanso compensatorio remunerado: el trabajador elige una de las dos |
| Habitual | 3 o más veces en el mes calendario | El recargo y, además, un día de descanso compensatorio remunerado |
El descanso compensatorio está en los artículos 180 y 181 del Código Sustantivo del Trabajo. Si tu negocio abre todos los domingos, organiza los turnos para dar ese día de descanso entre semana.
Errores comunes
- Seguir contando la noche desde las 9:00 p. m.: desde diciembre de 2025 empieza a las 7:00 p. m.
- Seguir pagando el 80 % después del 1 de julio de 2026.
- Calcular la hora con el divisor de 240 o de 220 cuando la jornada ya es de 42 horas.
- Pagar el domingo nocturno solo con el dominical, sin sumarle el 35 % nocturno.
- No darle el descanso compensatorio a quien trabaja 3 o más domingos al mes.
- Dejar los recargos por fuera de la base de seguridad social y prestaciones.
La asistencia de tu equipo con Multitiendas
Para liquidar bien los domingos necesitas saber quién trabajó, qué día y a qué hora entró y salió. En Multitiendas cada empleado tiene su turno, marca su entrada y su salida, y revisas las marcaciones del periodo antes de calcular la nómina. Así ves qué domingos y festivos trabajó cada persona y cuántas veces en el mes.
Para liquidar la nómina con sus novedades y emitir la nómina electrónica ante la DIAN está ContaPos, el sistema contable conectado a Multitiendas: incluido en los planes Profesional y Corporativo, y por $50.000 al mes en los demás. Los recargos de cada trabajador debe revisarlos tu contador.
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Preguntas frecuentes
¿Cuál es el recargo dominical en 2026?
Del 90 % desde el 1 de julio de 2026. Entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026 fue del 80 %, y desde el 1 de julio de 2027 será del 100 %.
¿El recargo festivo es igual al dominical?
Sí. La ley trata igual el trabajo en domingo y en festivo: en 2026 tiene un recargo del 90 %.
¿Cuánto se paga una hora de domingo con el salario mínimo de 2026?
De día, $15.842 (100 % más 90 %). De noche, $18.760 (100 % más 90 % más 35 % nocturno). Calculado con $1.750.905 ÷ 210.
¿Desde qué hora es recargo nocturno?
Desde las 7:00 p. m. hasta las 6:00 a. m. Ese horario rige desde diciembre de 2025, seis meses después de la sanción de la Ley 2466 de 2025.
¿Se suman el recargo dominical y el nocturno?
Sí. Una hora de domingo de noche lleva el 90 % dominical más el 35 % nocturno, además de la hora ordinaria.
¿Qué es un domingo ocasional y uno habitual?
Ocasional: hasta 2 domingos trabajados en el mes; el trabajador elige entre el recargo o un descanso compensatorio. Habitual: 3 o más; recibe el recargo y además el descanso compensatorio.
¿Puedo pagar el 100 % desde ahora?
Sí. Los porcentajes graduales son un mínimo: la ley permite aplicar el 100 % desde su entrada en vigencia.
Fuentes
- Ley 2466 de 2025, reforma laboral (Función Pública)
- Ley 2101 de 2021, reducción de la jornada laboral (Función Pública)
- Código Sustantivo del Trabajo (Función Pública)
- Ministerio de la Protección Social: concepto de 2008 sobre recargo nocturno y dominical (repositorio CIJUF)
- Decreto 0159 de 2026: salario mínimo 2026 (Presidencia)




